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La formulación de cargos marca el inicio formal del proceso penal contra el alcalde de Guayaquil, Aquiles Alvarez, en el caso Goleada, explica Nathalya Salazar Brito, abogada penalista. Con este acto, la Fiscalía abre una etapa estricta de investigación dentro del proceso penal, orientada a reunir indicios que permitan establecer la materialidad de una infracción y la posible participación de las personas procesadas.

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Aquiles Alvarez enfrenta prisión preventiva en el caso Goleada

Con la prisión preventiva se activa la instrucción fiscal, que tiene un plazo de hasta 90 días, según la ley. Durante este tiempo, la Fiscalía concentra su labor en la recolección de indicios y en la definición de una hipótesis delictiva.

Salazar señala que este plazo puede ampliarse por 30 días adicionales si el Ministerio Público decide vincular a otras personas sobre las cuales existan indicios de participación, ya sea como autores directos, autores inmediatos o cómplices.

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Una vez agotada esta ampliación, la norma no admite una nueva extensión. Dentro de los 90 días, Aquiles Alvarez cuenta con la posibilidad de presentar elementos de descargo para sostener su versión frente a los delitos imputados, como el lavado de activos (delincuencia organizada).

Diligencias durante la instrucción fiscal contra Aquiles Alvarez en el caso Goleada

Durante los 90 días de la instrucción fiscal rige el principio de libertad probatoria. Este principio permite que la persona procesada solicite a la Fiscalía la práctica de diversas diligencias.

Entre ellas constan pericias, actos urgentes y allanamientos, siempre con el objetivo de desvirtuar una posible participación en los hechos investigados.

Salazar explica que estas diligencias forman parte del derecho a la defensa y permiten construir una teoría del caso distinta a la planteada por la Fiscalía.

En esta fase, la investigación penal mantiene un carácter reservado y técnico, centrado en la incorporación de indicios y en su contraste con los elementos que presenta la defensa.

Concluido el plazo de la instrucción fiscal, el proceso avanza hacia una nueva etapa. Si no existe una nueva vinculación y se cumplen los 90 días, la Fiscalía solicita al juez la convocatoria a la audiencia evaluatoria y preparatoria de juicio. Este acto procesal cumple una función clave dentro del trámite penal.

En esa audiencia, el juez revisa varios aspectos del proceso. Entre ellos constan la validez procesal de las actuaciones, el cumplimiento de los procedimientos y el anuncio de los medios de prueba de cada parte.

Audiencia evaluatoria y preparatoria de juicio para Aquiles Alvarez en el caso Goleada

La audiencia evaluatoria y preparatoria de juicio permite discutir la pertinencia y utilidad de las pruebas. En este espacio procesal, tanto la Fiscalía como la defensa pueden solicitar la exclusión de determinados medios probatorios.

Esta exclusión procede cuando se trata de prueba ilícita, obtenida con vulneración de la Constitución o la ley, o cuando su pertinencia, conducencia o utilidad carece de justificación dentro del proceso.

Salazar indica que el juez analiza estos pedidos antes de decidir si el caso continúa hacia la etapa de juzgamiento.

La decisión judicial se basa en la evaluación de los elementos presentados y en su adecuación a las reglas del debido proceso. Si el juez considera que los elementos sostienen una acusación, dicta el auto de llamamiento a juicio.

Dada la relevancia social del caso, Salazar sostiene que el juzgamiento debería quedar a cargo de un tribunal de garantías penales. Este tribunal convoca a la audiencia de juzgamiento, en la cual se practica la prueba y se escuchan los alegatos de las partes.

Medidas cautelares, fuero y apelaciones

María del Mar Gallegos, abogada penalista y docente de la Universidad Internacional de Ecuador, explica que en este proceso cinco personas recibieron prisión preventiva. Entre ellas constan el alcalde Aquiles Alvarez y sus dos hermanos. El resto de procesados cumple medidas cautelares distintas, como presentaciones periódicas.

Gallegos señala que Aquiles Alvarez cuenta con fuero de Corte Provincial por ser un alcalde, según lo establecen el Código Orgánico Integral Penal y la Constitución.

Por esta razón, una apelación sobre la prisión preventiva debe recaer en una sala de la Corte Provincial de Pichincha, instancia que debe resolver si mantiene o revoca la medida. Los plazos para resolver la apelación dependen de la Corte. Ella considera que es una acción totalmente desmedida y que es un juicio politizado.

Conozca más del tema: SNAI aclara situación del grillete de Aquiles Alvarez tras su detención por el caso Goleada

En opinión de Gallegos, si el juez Jairo Serrano, quien dictó la prisión preventiva, no es competente por el fuero de Corte que tiene Aquiles Alvarez, la defensa podría pedir la nulidad del caso Goleada.

La abogada aclara que, independientemente de la situación de libertad o privación de libertad del alcalde, el juicio sigue su curso normal en todas las etapas procesales.

Durante los 90 días de la instrucción fiscal, las partes presentan sus elementos. Los procesados sostienen que no existen elementos suficientes para afirmar la existencia de un delito o una responsabilidad penal, mientras la Fiscalía sostiene lo contrario.

Dos procesos penales y posibles escenarios

Aquiles Alvarez enfrenta dos procesos penales distintos, conocidos como Triple A y Goleada. Gallegos explica que cada caso cuenta con elementos propios y con tiempos procesales independientes. Sin embargo, la defensa del alcalde sostiene que los hechos atribuidos en el caso Goleada coinciden con los investigados en el caso Triple A.

De confirmarse esa coincidencia, el ordenamiento jurídico permite la acumulación de procesos cuando se trata de los mismos hechos. Gallegos expresa dudas sobre que esta acumulación se concrete, debido a factores de contexto que rodean el caso.

En el caso Triple A, el alcalde Alvarez es acusado de estar involucrado en una presunta red dedicada a la comercialización ilegal de combustibles.

El alcalde Aquiles Alvarez fue capturado la madrugada del martes 10 de febrero de 2026, tras un allanamiento en su casa en Guayaquil. Luego, fue trasladado a Quito para el inicio de la instrucción fiscal y ahora se encuentra en la Cárcel 4.

Según la penalista Salzar, la apelación del auto de prisión preventiva se puede hacer dentro de los tres días término, luego de que se haya dictado y notificado. Es decir, si hoy (miércoles 11) le dictaron la prisión preventiva tiene hasta el miércoles 18 para hacerlo, debido al feriado de Carnaval.

Información externa: Aquiles Alvarez es alcalde de Guayaquil desde 2023





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