José (nombre protegido) apenas tiene 8 años y fue víctima de violencia sexual por parte de dos adolescentes, en cuatro ocasiones: dos veces en la habitación del agresor, en una casa de juegos de un conjunto habitacional y en los rieles del tren, cerca de su domicilio. En Ecuador, los casos se repiten a diario.
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Violencia sexual contra niños y niñas se multiplica en Ecuador
En el país, al menos el 65% de agresiones sexuales se da en el núcleo familiar o personas cercanas. El Informe Técnico sobre el tema (2024) de la Defensoría del Pueblo así lo recoge.
En el caso de José, la Fiscalía demostró la responsabilidad de dos adolescentes, de 15 y 12 años. El menor sostenía a la víctima de los brazos para facilitar las agresiones, por lo que fue sentenciado como coautor, actuando de manera deliberada e intencional. Ambos recibieron una pena de cuatro años de internamiento preventivo.
Los están vigentes a escala nacional
World Vision Ecuador refiere que un 𝟮𝟭% 𝗱𝗲 𝗻𝗶𝗻̃𝗼𝘀, 𝗻𝗶𝗻̃𝗮𝘀 𝘆 𝗮𝗱𝗼𝗹𝗲𝘀𝗰𝗲𝗻𝘁𝗲𝘀 en el país 𝗵𝗮 𝘀𝗶𝗱𝗼 𝘃𝗶́𝗰𝘁𝗶𝗺𝗮 𝗱𝗲 𝘃𝗶𝗼𝗹𝗲𝗻𝗰𝗶𝗮 𝘀𝗲𝘅𝘂𝗮𝗹.
Esa cifra tiene rostro, como el de Juliana (nombre protegido), quien fue violada por su tío, en 2021. Los hechos, como reportó la Fiscalía, ocurrieron en la vivienda de la víctima, en el sector Comuna Abdón Calderón, del cantón Paján.
La menor de edad, en el momento de la agresión tenía 10 años, estaba con sus dos hermanos menores mientras sus padres trabajaban en el campo. La lluvia no permitió que ellos regresen a casa. En la noche, el tío, quien vivía en una casa aledaña con los abuelos paternos de la víctima, ingresó y la violó.
El hombre la amenazó para que no dijera nada. Sin embargo, la niña contó lo ocurrido a su madre. La progenitora colocó la denuncia en Fiscalía. La justicia impuso una pena de 22 años de privación de la libertad.
Las cifras dan cuenta de una realidad crítica
En 2024, World Vision y otras organizaciones desarrollaron un estudio para determinar si los derechos de la niñez y la adolescencia se cumplen en Ecuador. Entre los resultados: cada 28 minutos, una niña o adolescente da a luz.
Además, a partir de los registros administrativos del Ministerio de Educación, recogidos en el proceso, se evidenció que, entre enero de 2014 y septiembre de 2023, se detectaron 15 681 casos de violencia sexual cometidos por personas fuera del sistema educativo y 5 365, en este.
¿Qué es el abuso sexual infantil?
El Código de la Niñez y Adolescencia define el abuso sexual infantil como todo contacto físico, sugerencia de naturaleza sexual, a los que se somete un niño, niña o adolescente, aun con su aparente consentimiento, mediante seducción, chantaje, intimidación, engaños, amenazas, o cualquier otro medio.
Por su parte, el Código Orgánico Integral Penal (COIP) considera que existe abuso sexual cuando una persona ejecuta un acto de naturaleza sexual contra otra sin su consentimiento.
Hay factores que pueden ponerlas en mayor riesgo:
- No conocer sobre sexualidad
- Poco tiempo de juego, atención, afecto y protección en el entorno familiar
- Tener baja autoestima y poca confianza en sí mismo
- Vivir un abuso de poder, ejercido por parte de adultos
En estas fechas recordamos con cariño a quienes ya no están. 🕯💜
Hablar del duelo con los niños y las niñas les da herramientas para transitar el dolor de perder a un ser querido, y también es una forma de decirles que no están solos y está bien sentir tristeza.📘 “Duele” es… pic.twitter.com/QKxAMNsJde
— UNICEF Ecuador (@unicefecuador) October 31, 2025
¿Se puede prevenir el abuso sexual?
Alejandra Cuadros, experta en Psicología, remarca que los casos de violencia sexual en el Ecuador son alarmantes. Eso sí, alude a que la prevención va más allá de las familias, se requiere un enfoque sistémico y que todos quienes estén en contacto con niños asuman un rol protector.
Es menester enseñar a los niños y niños a marcar límites, a nombrar las partes de su cuerpo adecuadamente, reconocer sus emociones, como al sentir incomodidad y reportarla a sus cuidadores o una persona de confianza. Es importante que los niños puedan identificar que no están obligados a guardar secretos.
Los adultos, justamente, deben identificar y respetar esa incomodidad, por ejemplo, al saludar a una persona. “Saber escuchar, usar un lenguaje contenedor“.
Competencias de los padres
La experta refiere que los padres tienen cuatro competencias parentales esenciales:
- Vinculación: una relación cercana, con vínculos de confianza y cariño.
- Protectora: no permitir que duerma en otros espacios, enseñarle autonomía (como ir al baño solo).
- Reflexiva: lograr identificar señales, como cambio de emociones, comportamientos, que se orina en la cama, mancha su ropa interior, etc.
- Formativa: informarse sobre temas como sexualidad, cómo enseñar a los hijos a identificar el chantaje, las amenazas, hablar abiertamente.
Los cuidadores deben supervisar
La experta añade que los padres o cuidadores deben saber en todo momento con quién está su hijo, supervisar las actividades, estar alertas a cualquier mensaje verbal o no verbal.
Las escuelas tienen un rol fundamental, para que sepan identificar y actuar. En esta línea están, por ejemplo, las señales corporales, como el control de esfínteres, las expresiones faciales, etc.
“En los espacios públicos, todos somos responsables del cuidado de los niños“, advierte Alejandra Cuadros.
Por eso, si un adulto detecta una señal, no debería esperar, sino acercarse y preguntar al niño o a la niña qué ocurre. “Si un niño habla, créele“, agrega.
El panorama legal en casos de abuso sexual infantil
María Isabel Zurita, experta en Derecho, explica que las sanciones establecidas en el COIP respecto del delito de abuso sexual infantil varían dependiendo de la edad del niño, niña y adolescente. Esto, a su vez, tomando en cuenta el impacto que un delito tan atroz, causa en temprana edad, reconociéndose que mientras menor es la edad, mayor es el grado de vulnerabilidad.
Es así que, por ejemplo, cuando la víctima es menor de 14 años, la sanción con pena privativa de libertad es de 7 a 10 años. Si la víctima es menor de seis años, de 10 a 13, más las circunstancias agravantes.
Las penas agravadas se aplican porque se reconoce la mayor vulnerabilidad de los menores de edad, quienes están desarrollo físico, emocional y psicológico, así como cuando el agresor, en lugar de ejercer su deber legal de cuidado, se transforma en su verdugo.
¿Qué se debe hacer legalmente cuando existe una alerta o sospecha?
La catedrática de la UIDE menciona que la ley ecuatoriana establece una obligación inmediata e ineludible de denunciar cualquier sospecha de abuso sexual infantil, ante la Fiscalía e, incluso, la Defensoría del Pueblo.
Esta obligación recae, además de en la familia, especialmente, sobre profesionales que trabajan con niños y niñas: maestros, personal de salud, psicólogos, trabajadores sociales, entre otros. Además, Zurita remarca que cada minuto que un niño o niña permanece en una situación de abuso aumenta el riesgo y el daño físico y psicológico.
El testimonio que rindan los niños y niñas víctimas de abuso sexual debe ser recogido con protocolos especiales para evitar la revictimización.
Una vez que el delito se concreta, ¿cuál es el proceso judicial?
El proceso penal para casos de abuso sexual infantil sigue estos pasos: instrucción, evaluación, preparatoria de juicio y juicio.
El COIP establece que el abuso sexual en contra del hijo o hija es causal para privar al progenitor de su patria potestad, debiendo entablarse, para el efecto, el correspondiente proceso judicial ante el juez de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia y Adolescentes Infractores.
¿Qué medidas de protección hay durante la denuncia e investigación?
La experta, además, indica que el sistema legal ecuatoriano establece medidas de protección obligatorias e inmediatas. El COIP dispone que el juez encargado debe prohibir al agresor acercarse o intimidar a la víctima, autorizando la boleta de auxilio como herramienta de protección inmediata.
También puede disponer el allanamiento inmediato del lugar donde se encuentre la víctima; el acogimiento institucional o familiar; concesión de boletas de auxilio; inserción del agresor en un programa de atención especializada; orden de salida del agresor de la vivienda, entre otras medidas.